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El Canon | 91 comentarios (91 temáticos, editoriales, 0 ocultos)
Parto de que no soy abogado... (4.50 / 2) (#58)
por jamarier a las Fri Aug 15th, 2003 at 11:50:09 AM CET
(Información Usuario) http://barbacana.net/blog/

¿Salir con una durante 4 años vale? B-)

Efectivamente, leyendo el contenido del borde de los CDs está prohibido el préstamo de los mismos. De esta premisa, aunque puedes copiar nadie podría pasarte un original, luego todas las copias pertenecerán a los que tengan el original en posesión.

Si te fijas, el siguiente (al menos en el CD que tengo a mano) es la prohibición de ejecución pública. Es decir, que sólo el dueño puede escuchar el CD y no sus amigos si vienen a casa.

Mi opinión, de lego, es que son clausulas tan abusivas que son nulas en el ámbito privado. Se puede prestar un CD a un amigo sin necesidad de autorización del propietario de la obra, se puede escuchar entre varios amigos sin necesidad de autorización. En cambio, montar un servicio de prestamos de CDs en una biblioteca, por ejemplo, o reproducir música en una caseta de feria (aunque sean los dos servicios gratuitos y de entrada libre) SI requieren la autorización previa.

A partir de considerar clausulas nulas esos puntos, lo especificado en mi entrada anterior es válido.

Creo que el límite entre lo privado y lo público es la generación de ingresos directos o indirectos (también se habla en la ley de esto). Si yo presto a un conocido un CD, no se genera ningún tipo de movimiento económico (salvo que me invite un día a una cerveza). En cambio en una caseta, la gente espera que se consuma en la barra (el que monta la caseta pone música en esta porque confía que vendrá más gente si hay música que si no la hubiera; si hay más gente, el consumo en la barra subirá aumentando los ingresos)

Respecto a la clasificación de los CDs, al decir "articulo de consumo" simplemente especificar que alguien los produce con ánimo de ganar dinero y que los consumidores los compran. No siguen las leyes convencionales de mercado porque existe un acuerdo de facto para mantener los precios altos y porque cada producto lo suministra exclusivamente un solo fabricante. Tienes razón otra vez, indicando que un CD es un articulo de lujo. Por mucho que me guste la música, la música no es un artículo de primera necesidad (y menos la producida por otros).

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- Porque mañana será un gran día.
[ Padre ]



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